Tipo: Ayuda
Estat: En plazo
Fecha de finalización: 31/12/2023
A quién se dirige: Empresas
Incentivos al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, ya sistemas térmicos renovables en el sector residencial:
- Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (fotovoltaica o eólica), en el sector servicios, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable (fotovoltaica o eólica), en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.
- Programa de incentivos 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento.
- Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, administraciones públicas y tercer sector.
- Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial. Incluye las tecnologías solar térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) por climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas.
Beneficiarios
- Destinatarios últimos de las ayudas de los programas de incentivos 1, 2 y 3:
- Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.
- Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
- Destinatarios últimos de las ayudas de los programas de incentivos 4 y 5:
- Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
- Las entidades locales y el sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a las que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015.
- Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo a las entidades u organizaciones del tercer sector.
- Las personas físicas que realicen alguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.
- Comunidades de propietarios.
- Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.
Cuantía
La dotación total por Cataluña es de 114.988.848 €.
Plazo
Abierta la convocatoria y hasta el 31 de diciembre de 2023
Consulta los detalles de esta convocatoria
Bases reguladoras (documento .PDF)
Orden de modificación de las bases reguladoras (documento .PDF)
Referencia legalDOGC núm. 8562 del 14-12-2021